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ESCALERAS
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Con excepción de las casas de una sola planta, un elemento común a todo edificio es la escalera interior de una vivienda o bloque de viviendas, que puede ser privada en el caso de las viviendas unifamiliares o de uso general en una comunidad de propietarios
La forma de una escalera depende sobre todo del tamaño del edificio, del espacio disponible y de los materiales elegidos para su diseño. Cuanto menor sea la superficie disponible, mayores serán las dificultades a la hora de concebir una escalera segura, cómoda y decorativa. Por regla general, los costos de ejecución de las escaleras de espacio reducido suelen ser bastante elevados, por lo que resulta imprescindible conocer antes de proponer una solución de resolución definitiva, sus costos y ahorro de espacio.
Las escaleras deben disponer de un recorrido fácil y cómodo, proporcionar garantías de seguridad, y cumplir todas las condiciones de protección contra el fuego, ventilación e iluminación, cumpliendo con los requisitos necesarios en función de su uso, que serán distintos para un edificio de viviendas que para un edificio de oficinas.
Para garantizar la seguridad de los usuarios se tendrá en cuenta que si existen en los laterales de la escalera aberturas, huecos o desniveles de más de 60 centímetros, deben protegerse mediante barandillas rígidas con una altura mínima de 95 centímetros, con barrotes separados como máximo 12 centímetros.
Además las escaleras tendrán, en general, una anchura mínima de 1 metro. Aunque en el interior de viviendas unifamiliares, la normativa no regula un ancho mínimo, en caso de que la escalera sirva también de itinerario de evacuación de incendios este ancho estará regulado por las normativas municipales, no debiendo nunca ser inferior a 80 centímetros por criterios funcionales.
La comodidad para ascender o descender por una escalera está directamente relacionada con la proporción entre su dimensión y la altura de sus peldaños. Únicamente en zonas ajardinadas o paseos al aire libre son preferibles alturas pequeñas y peldaños más profundos.
La medida idónea está entre 28 y 32 centímetros, aunque en algunos casos las normativas locales o autonómicas permiten tamaños entre 23 y 36 centímetros. La altura entre cada dos peldaños consecutivos, llamada tabica o contrahuella, debe estar comprendida entre 13 y 20 centímetros, aunque en la mayoría de los casos está prohibido que sobrepase los 18 centímetros, y en colegios y centros docentes debe medir como máximo 17 centímetros.
El pavimento de las escaleras debe realizarse con materiales no resbaladizos, o por lo menos, debe disponer de elementos antideslizantes. En el caso de que estos elementos estén formados por bandas longitudinales en el borde de los peldaños, deben ser revisadas y respuestas periódicamente, debido a su gran desgaste, especialmente cuando la escalera pertenece a un edificio público.