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Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria

Este programa tiene por objeto la financiación de la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, en los elementos y espacios privativos comunes, de los edificios de tipología residencial colectiva, que cumplan los siguientes requisitos: 

  • Estar finalizados antes de 1981.

  • Que, al menos, el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda.

  • Que, al menos el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

 Excepcionalmente, se admitirán en este programa edificios que, sin cumplir los requisitos anteriores:

  • Presenten graves daños estructurales o de otro tipo, que justifiquen su inclusión en el Programa.

  • Tengan íntegramente como destino el alquiler, durante, al menos 10 años a contar desde la recepción de la ayuda.

Las actuaciones en los edificios deben dirigirse a:

  • Su conservación.

  • La mejora de la calidad y sostenibilidad.

  • Realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad.

 En la siguiente página web se informa sobre aspectos básicos de las ayudas del Ministerio de Fomento a la rehabilitación de edificios y a la regeneración y renovación urbanas del Plan Estatal 2013-2016. http://www.fomento.gob.es/rehabilitacion/