Ocultar comentarios

Real Decreto 1643/1996, de 5 de julio, sobre traspaso de funciones de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de Colegios Oficiales o Profesionales.

BOE 31 Julio

Véase R.D. 1141/2007, de 31 de agosto, sobre ampliación de las funciones traspasadas a la Comunidad Autónoma de Galicia por el R.D. 1643/1996, de 5 de julio, en materia de Colegios Oficiales o Profesionales (título de gestor administrativo) («B.O.E.» 1 septiembre).

Preámbulo

La Constitución Española establece en su artículo 149.1.18.ª que el Estado tiene competencia sobre las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas, y, a su vez, el artículo 36 de la Constitución prevé que la Ley regulará las peculiaridades propias del régimen jurídico de los colegios profesionales.

Por la Ley Orgánica 16/1995, de 27 de diciembre, de Transferencia de Competencias a la Comunidad Autónoma Gallega, se transfiere en su artículo 3 a la Comunidad Autónoma de Galicia la competencia de desarrollo legislativo y la ejecución en materia de corporaciones de derecho público representativas de intereses económicos y profesionales, en el marco de la legislación básica del Estado.

El Real Decreto 581/1982, de 26 de febrero, determina las normas y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto citado, que también regula el funcionamiento de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia, aprobado por Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, esta Comisión adoptó, en su reunión del día 25 de junio de 1996, el oportuno Acuerdo, cuya virtualidad práctica exige su aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto.

En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de julio de 1996,

DISPONGO:

Artículo 1.   

Se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia, sobre traspaso de funciones de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de colegios oficiales o profesionales, adoptado por el Pleno de dicha Comisión en su reunión de 25 de junio de 1996 y que se transcribe como anexo del presente Real Decreto.

Artículo 2.   

En consecuencia, quedan traspasadas a la Comunidad Autónoma de Galicia las funciones y créditos presupuestarios que se relacionan en el referido Acuerdo de la Comisión Mixta, en los términos allí especificados.

Artículo 3.   

Estos traspasos serán efectivos a partir de la fecha señalada en el Acuerdo de la Comisión Mixta, sin perjuicio de que el Ministerio de Economía y Hacienda produzca, hasta la entrada en vigor de este Real Decreto, en su caso, los actos administrativos necesarios para el mantenimiento de los servicios en el mismo régimen y nivel de funcionamiento que tuvieran en el momento de la adopción del Acuerdo.

Artículo 4.   

Los créditos presupuestarios que se determinen con arreglo a la relación número 1 del anexo serán dados de baja en los conceptos de origen y transferidos por el Ministerio de Economía y Hacienda a los conceptos habilitados en la Sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado destinados a financiar el coste de los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma, una vez que se remitan al Departamento citado, por parte de la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Economía y Hacienda, los certificados de retención de crédito, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la normativa vigente sobre Presupuestos Generales del Estado para 1996.

DISPOSICION FINAL UNICA   

El presente Real Decreto será publicado simultáneamente en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de Galicia», adquiriendo vigencia a partir de su publicación.

ANEXO

Doña Rosa Rodríguez Pascual y don Alfonso Vaquero Marín, Secretarios de la Comisión Mixta prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia,

CERTIFICAN

Que en la sesión plenaria de la Comisión Mixta, celebrada el día 25 de junio de 1996, se adoptó un Acuerdo sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia de las funciones en materia de colegios oficiales o profesionales en los términos que a continuación se expresan:El traspaso de funciones objeto del presente Acuerdo tendrá efectividad a partir del día 1 de octubre de 1996.

Relación número 1

No se reproduce la Relación adjunta. Si ésta fuera de su interés, solicítela y le será remitida por la Editorial.
...