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Decreto 265/1971, de 19 de febrero, por el que se establecen las facultades y competencias profesionales de los arquitectos técnicos

BOE 20 Febrero

Téngase en cuenta el R.D. 2126/1977, 4 julio, por el que se modifica la denominación del Cuerpo de Aparejadores al Servicio de la Hacienda Pública («B.O.E.» 22 agosto).

Artículo 1.   

Las facultades y competencias profesionales de los Arquitectos Técnicos serán las siguientes:

Artículo 2.   

Además de las facultades y competencias profesionales enunciadas en el artículo anterior, corresponderá a los Arquitectos Técnicos cuantas estén atribuidas a los Aparejadores por la legislación actualmente en vigor.

Asimismo será de aplicación a los Arquitectos Técnicos lo dispuesto en el artículo 3.º del Decreto de 16 de julio de 1935.

Artículo 3.   

Se faculta al Ministerio de la Vivienda para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente Decreto.